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Mar. Jul 2nd, 2024
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Un profesional realiza un test PCR a un hombre para determinar si tiene o no COVID-19. Foto: stocksnap.io

El mismo juez que suspendió la vacunación anticovid para menores de 13 años, dio lugar a un recurso de dos mujeres no vacunadas que exigían poder reingresar al Uruguay sin hacerse un PCT.

El Juez Alejandro Recarey, ha estado en el ojo de la tormenta después de emitir dos fallos esta semana que pasó: el primero ordena que se suspenda la vacunación voluntaria anticovid en menores de 13 años, a pedido de un colectivo antivacunas.

El segundo, es a favor de un recurso presentado por el abogado Hoenir Sarthou, quien representó a dos mujeres no vacunadas que tenían pensado viajar a Argentina. Cuando estas quisieron comprar pasajes, encontraron que era requisito presentar un PCR con resultado negativo para reingresar a suelo uruguayo, por no estar inoculadas contra el COVID-19, un requisito que no está vigente para las personas que cuentan con su esquema de vacunación completo.

“Como las personas vacunadas y las no vacunadas pueden contagiarse o contagiar de covid-19 resulta una cosa discriminatoria e irracional porque si todos pueden contagiar por qué unos tienen que hacer a su costo un examen para poder regresar a su país y los demás ingresan sin ninguna limitación”, comentó el abogado a la prensa, y aseguró que el recurso de amparo tiene como fin “evitar que se discrimine a las personas no vacunadas que están ejerciendo su absoluto derecho”.

“La vacuna no es obligatoria en el Uruguay y si no es obligatorio no puede tener ninguna consecuencia perjudicial para la persona no vacunada. A esto se suma un tema adicional, que esperemos que se aclare ahora, que es la falta de información adecuada sobre el contenido de las vacunas, sobre los posibles efectos adversos que tenga y acá no se ha dado información, nuestro gobierno no ha dado información sobre qué contiene la vacuna, cuáles son los efectos posibles y en qué condiciones se compraron las vacunas”, agregó.

En el fallo de 15 páginas, Recarey dice que “haciendo lugar a la pretensión de amparo” y que ordena que a las demandantes no se les exponga a “acto, hecho u omisión que exponga la situación sanitaria” de las mismas, “o que se les imponga un trato diferencial para su salida y/o retorno a la República Oriental del Uruguay por su condición de no vacunadas contra el COVID-19”.

El Poder Ejecutivo presentará este lunes 11 de julio su apelación al fallo del juez Alejandro…

Confusa respuesta de Migraciones

Sarthou asegura que el recurso y el fallo son para evitar la “discriminación”, y horas después de lo decidido por Recarey apareció una comunicación de la Policía Nacional de la Dirección Nacional de Migración, en la cual pareciera darles la razón.

El comunicado N° 06/2022, con fecha 8 de julio de 2022, explica que “en atención a la sentencia N° 64/2022 del 07/07/2022 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de la Capital de 12° Turno y hasta nueva orden, cuando las personas pretendan ingresar al país y no presenten declaración jurada, test PCR-RT o antígeno, o no acrediten esquema vacunatorio, se les deberá permitir el paso sin realizárseles llamado de atención, aclaración o comentario al respecto”.

El comunicado fue firmado por el comario mayor (r), Eduardo Mata Castro.

Sin embargo, horas después dicho comunicado fue desestimado, de acuerdo a publicaciones de Montevideo Portal, lo que se debe a que la sentencia de Recarey solamente alcanza a las dos personas defendidas por Sarthou y no aplica para el resto de la población.

Así las cosas, Migraciones seguirá exigiendo el PCR con resultado negativo para las personas no vacunadas. Dicho test debe hacerse, como máximo, dentro de las 72 horas previas al viaje.

lr21.com.uy

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