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Mar. Jul 2nd, 2024
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El Silala es un río de curso internacional por lo tanto Chile tiene derecho a usarlo conforme al derecho internacional consuetudinario. Esa es la conclusión a la que llegó en diciembre la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya en base a los argumentos presentados por las partes en un juicio que duró seis años. No tuvo que dictar una sentencia porque Bolivia, el estado demandado, reforzó los argumentos de la “tesis chilena” de que ese recurso hídrico es un río internacional.

Desde 2013, tres años antes del anuncio del entonces presidente Evo Morales de llevar a Chile al tribunal por la “usurpación” de las aguas del Silala, el Gobierno boliviano intensificó el argumento de que las aguas que discurren al norte de Chile forman parte de un manantial que fue desviado artificialmente.

La administración de Morales ha desarrollado campañas intensas de propaganda para posicionar esa idea en contraposición a la “tesis” de Chile de que dichos recursos hídricos forman parte de un río de curso internacional compartido entre Bolivia y Chile. La campaña comunicacional llegó al extremo de envasar “aguas del Silala” como la bebida oficial de la cumbre de países G77 que se realizó en 2014 en la ciudad de Santa Cruz.

En marzo de 2016, el entonces mandatario anunció que llevará a Santiago a la CIJ. “Ahora que Chile quiere confundir, con más razón, con más fuerza, con más documentación vamos a presentar la demanda ante La Haya para sentar soberanía sobre las aguas del Silala” anunció entonces y acusó al vecino país de hacer un uso “ilegal y abusivo” de las aguas. Chile “nos está robando agua”, remató.

Tres meses más tarde, Chile demandó a Bolivia ente La Haya para que ese alto tribunal de justicia de las Naciones Unidas declare que el río Silala es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por el derecho internacional consuetudinario y Chile tiene derecho al uso equitativo y razonable de las aguas de ese río.

El septiembre de 2018, Bolivia presenta su contramemoria y demandas reconvencionales (también definida como contramemoria) e incluye un estudio encargado a la consultora internacional DanishHydraulicInstitute (DHI). En ese documento, Bolivia solicitó a la CIJ que reconozca que las aguas de los “manantiales del Silala” son parte de un curso de agua “artificialmente mejorado” y que sólo el “flujo natural” está regido por el derecho internacional consuetudinario.

También solicitó que el alto tribunal de justicia reconozca que el uso actual de Chile se efectúa sin perjuicio del derecho al uso de Bolivia, que ambas partes tienen derechos y obligaciones respecto a las aguas que fluyen en forma natural.

Además, pidió que La Haya reconozca su soberanía sobre los canales artificiales y los mecanismos de drenaje en el Silala que están ubicados en su territorio y su derecho soberano a decidir si los mantiene o los desmantela.

Los alegatos orales

Después de la presentación de la contramemoria se completó la fase escrita del caso hasta 2019 y con la llegada de la pandemia por covid-19 el proceso se paralizó hasta 2022.

El 9 de marzo de 2022, la CIJ comunicó a las partes que las audiencias públicas del caso “Disputa sobre el estatus y uso de las aguas del Silala (Chile c. Bolivia)” se realizará desde el viernes 1 al jueves 14 de abril de 2022 en el Palacio de la Paz de La Haya (Países Bajos).

Después de las presentaciones de los abogados y expertos de la DHI, Bolivia realizó su alegato conclusivo el l 13 de abril 2022 con el siguiente argumento:  El Silala es un curso de agua internacional cuyo flujo superficial ha sido artificialmente mejorado.

La defensa boliviana admite que el Silala es un curso natural de agua como demandó Chile, pero matiza que la canalización artificial tuvo un impacto en el flujo.

La consultora danesa contratada, cuyo monto por el pago del servicio aún se desconoce, realizó una modelación de la incidencia del mejoramiento artificial en el flujo natural.

Finalmente demandó a la Corte que determine que el Silala es un curso de agua internacional cuyo flujo ha sido artificialmente mejorado, con derechos y obligaciones para las partes.

En sus petitorios finales de su “contrademanda” pidió a los jueces que dicten que Bolivia tiene derecho a desmantelar las obras de canalización, que Chile no tiene un derecho adquirido al flujo mejorado por esas obras y que, si Chile desea continuar recibiendo ese beneficio, debe negociar con Bolivia un acuerdo que incluya una compensación.

Chile cerró sus alegatos orales con cinco peticiones a la CIJ para que declare que: “El sistema del río Silala, junto con las porciones subterráneas de este sistema, es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por el derecho internacional consuetudinario”.

Además que “Chile tiene derecho a la utilización equitativa y razonable de las aguas del sistema del río Silala de conformidad con el derecho internacional consuetudinario” y que “bajo la norma de utilización equitativa y razonable, Chile tiene derecho a su uso actual de las aguas del río Silala”.

También propuso que el tribunal de justicia declare que Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas apropiadas para prevenir y controlar la contaminación y otras formas de daño a Chile resultantes de sus actividades en las cercanías del río Silala y que tiene la obligación de cooperar y proporcionar a Chile una notificación oportuna de las medidas planificadas que pudieran tener un efecto adverso sobre los recursos hídricos compartidos, de intercambiar datos de información y de llevar acabo, cuando proceda, una evaluación del impacto ambiental con el fin de que Chile pueda evaluar los posibles efectos de dichas medidas planificadas.

La “sentencia”

El 1 de diciembre, la Corte Internacional de Justicia de La Haya rechazó una a una las peticiones de las partes porque no había fundamentos para abordarlos en una sentencia declarativa; sin embargo, llegó a la conclusión de que Bolivia como Chile están de acuerdo en que el Silala es un río de curso internacional regido por el derecho internacional consuetudinario.

Además, que tanto como Bolivia y Chile tienen derecho a usarlo.

La causa que duró seis años en el tribunal internacional llegó a su fin y las partes interpretaron la conclusión de la siguiente manera:

“Las decisiones asumidas por la Corte son positivas. Hay que recordar que Chile planteó la demanda que tenía cinco pretensiones, cinco pedidos. Todos estos pedidos han sido rechazados por no tener sustento jurídico” destacó el canciller boliviano Rogelio Mayta.

“El fallo que hoy día ha entregado la Corte Internacional de Justicia de La Haya ha sido categórico. Chile fue por certeza jurídica a la Corte y la obtuvo. En primer lugar, se confirma que el Río Silala es un curso de agua internacional, cuyo uso, en su integridad, se encuentra regido por el Derecho Internacional Consuetudinario”, indicó el presidente chileno Gabriel Boric.

Sin embargo, internacionalistas y líderes de opinión coincidieron en Bolivia que fue una derrota en el mismo escenario internacional donde en 2018 se dictaminó que Santiago no tiene obligación de negociar un acceso soberano al mar para Bolivia.

Bolivia arrancó su causa por el Silala bajo el argumento de que sus aguas forman parte de un manantial que fue desviado de manera artificial hacia territorio chileno, pero a partir de 2018 modificó radicalmente su postura con el estudio de la DHI y este año, en los alegatos orales, terminó dando la razón a la defensa chilena.

El embajador de Bolivia en Venezuela, Sebastián Michel, afirmo en una declaración anterior que “Bolivia tuvo que ceder posiciones porque en nuestro dogma cargado de dolor porque de por medio hubo una guerra entre los países queríamos creer que era solamente un manantial que se subsumía permanentemente o que se evaporaba o que crecía hacia arriba, y al final siempre hubo un flujo natural aguas abajo incluso lo dice la historia”.

Los estudios realizados, pruebas e investigaciones hicieron cambiar de posición a Bolivia. “Bolivia cedió en su posición inicial de que no había curso río abajo”, argumentó.

El Estado boliviano anunció un juicio contra Chile ante la Corte Internacional de Justicia sin contar con estudios científicos para sustentar de que se trataba de un manantial.

 

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