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Sáb. Sep 28th, 2024
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Alguien debe ir a la comuna del distrito Yguazú, y decirle al intendente Mario Kawano, que la Constitución de la República del Paraguay garantiza el libre transito en todo el territorio paraguayo, que él quiere prohibir. Que en su condición de jefe comunal de un municipio paraguayo debe tener la homologación de la Junta Municipal todo contrato que firme. Y por último que todo documento municipal, es público, y por lo tanto es de acceso público, y no como él pretende, que sea escondido de la ciudadanía, diciendo que es privado.

El intendente Kawano de Yguazú simplemente esta pisoteando la Constitución Nacional del la República del Paraguay, varias leyes nacionales en vigencia. La actitud inaudita, y hasta altanera del jefe comunal fue denunciado por concejales a través de las redes sociales. El caso fue divulgado en el perfil 24/7 Ciudad del Este.

El intendente de la localidad de Yguazu, Alto Paraná, Mario Kawano (ANR), firmó un convenio y autorizo sin el aval legal de la Junta Municipal, a que la empresa “Tape Pora” (concesionaria de la Ruta 07, actual ruta 02) construya dos garitas y cercados protectores para habilitar o deshabilitar el tránsito de camiones sobre el camino 05 a la altura del km35 (Monday).

Lo más grave es que el convenio de Kawano y Tape Pora, debe regirse de “manera privada”, en contravención de la Constitución y las leyes del Paraguay.

Tras el reclamo de vecinos y consultas de tres concejales municipales Kawano, envió la copia de un pre contrato a la Junta y el pasado 23 de agosto, cuando él ya había firmado el contrato de manera unilateral violando lo establecido en la Ley 3966 Orgánica Municipal según el reclamo del concejal Alex Ramírez.

Además de la grave irregularidad de autorizar la construcción de las garitas y cercado sin antes contar con la homologación de la Junta Municipal el precontrato enviado por Kawano a la Junta señala que la calle vecinal solo estará habilitada de lunes a viernes de 06 a 22 hrs, algo inédito ya que fuera de eso horario y días establecidos la calle vecinal estará clausurada para el tránsito pues no habrá funcionarios que levanten la barrera de protección.

PROHIBE QUE SEA PÚBLICO (ni en Japón hacen así)

Probablemente lo más grave, inédito e inaceptable es la cláusula novena del precontrato donde contradiciendo a la Constitución Nacional y la ley 3966 Orgánica Municipal declara que los detalles del contrato se regirán como “INFORMACION PRIVADA” o sea que cual Kawano no quiere que nadie sepa lo que hace como administrador de los recursos y bienes de la ciudadanía de Yguazu.

El concejal municipal Alex Ramírez (ANR) público en su cuenta de Facebook algunos detalles del “convenio privado” detallando otras graves irregularidades. A continuación, compartimos lo que publico el citado edil.

Sesión Ordinaria de la Junta Municipal de Yguazú del 23 de agosto de 2.023.

Interesantes temas tratados hoy.

1.- El Intendente Municipal firmó un Convenio con Tape Pora, sin la autorización de la Junta Municipal, para colocación de una barrera y caseta en una calle municipal.

2.- El Dictamen de aprobación del Convenio solo fue firmado por 2 de los 6 dictaminantes.

3.- El Convenio firmado por el Intendente establece que debe manejarse con las restricciones y limitaciones de la información privada. Es decir, no quiere que sea pública.

4.- El Convenio consiste en que Tape Pora va a pagar salarios a dos “funcionarios” para que controlen el peso de los camiones que circulan por la calle del Km 35. Pero según uno de los dictaminantes, la Municipalidad va expedir autorizaciones especiales a algunos para que puedan circular sin que se les controle.

The post Intendente de YGUAZU prohíbe el LIBRE TRANSITO y PROHIBE divulgar CONTRATOS PUBLICOS first appeared on AhoraCDE.

FUENTE DE ESTA NOTICIA: https://ahoracde.com/intendente-de-yguazu-prohibe-el-libre-transito-y-prohibe-divulgar-contratos-publicos/

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