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Sáb. Jul 6th, 2024
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La tabla que regulaba la cantidad de droga para diferenciar a un consumidor de un traficante era una herramienta usada por policías, jueces y fiscales que ahora ya no existe, por decisión del presidente Daniel Noboa.

La resolución establecía los gramos máximos que un consumidor podía portar, por ejemplo:

  • Marihuana 10 gramos
  • Pasta base de cocaína 2 gramos
  • Clorhidrato de cocaína 1 gramo
  • Heroína 0,1 gramos
  • Anfetaminas 0,040 gramos

La constitucionalista Verónica Hernández advierte que la tabla fue avalada por la Corte Constitucional mediante sentencia y que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) dispone escalas para regular las cantidades de droga.

“Obliga a que exista una normativa secundaria, hoy no existe la tabla, pero va a tener que existir. Los problemas estructurales requieren medidas, decisiones y respuestas estructurales. La eliminación de la tabla no va a acabar con el problema de las drogas, peor aún con el problema del narcotráfico y tampoco con las adicciones”, dijo la experta.

Hernández aclara que la tabla no era determinante. Ahora los jueces deben valorar todas las pruebas que se presenten.

“Podría ser el historial clínico, testigos, información de que la persona ha ingresado o no a una clínica de rehabilitación. El foco donde debería estar toda esta atención no es en la tabla, es en los jueces”, sentenció.

La Constitución determina que las adicciones son un problema de salud pública que debe ser atendido y prohíbe la sanción penal para quien las padezca.

ecuavisa.com

 

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