El proyecto “Impuesto a los Ingresos Personales” retrotrae el mínimo imponible para trabajadores en relación de dependencia a un sueldo bruto de $1.250.000 y estiman que afectará a 800 mil personas.
El Gobierno envió al Congreso la reforma del impuesto a las Ganancias, que da marcha atrás con la modificación aplicada por el exministro de Economía Sergio Massa y retrotrae el mínimo imponible para trabajadores en relación de dependencia a un sueldo bruto de $ 1.250.000 en caso de solteros sin hijos.
La iniciativa lleva las firmas del presidente Javier Milei, del ministro de Economía, Luis Caputo; y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse.
El proyecto denominado ‘Impuesto a los Ingresos Personales’ retrotrae el mínimo imponible para trabajadores en relación de dependencia a un sueldo bruto de $1.250.000 en caso de solteros sin hijos.
Asimismo, la iniciativa dispone que ese monto “se ajustará por trimestre calendario, el 1° de enero, el 1° de abril, el 1° de julio y el 1° de octubre de cada año, a partir del 1° de abril del año fiscal 2024, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Indec”.
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En concepto de cargas de familia, siempre que las personas que se indican sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año ingresos netos superiores a $ 2.360.829, cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto: $ 2.200.918 por el cónyuge.
La deducción prevista en este apartado también será aplicable para los integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo, que se acredite en la forma y condiciones que a esos efectos establezca la reglamentación.
Según estimaciones, se prevé que alrededor de 800 mil personas volverán a estar alcanzadas por el tributo, dado que en la actualidad sólo pagan Ganancias aquellos que perciben sueldos brutos superiores a los $1.980.000.
La modificación de la ley del Impuesto a las Ganancias, en lo referido a la Cuarta Categoría, fue sancionada por el Senado el 28 de septiembre y entre sus principales aspectos figura la elevación del mínimo no imponible a partir de 2024 al equivalente a quince veces el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), una actualización semestral y una alícuota progresiva sobre el excedente del 27% al 35%.
elciudadanoweb.com
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