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Lun. Jul 1st, 2024
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Bolivia firmó el Protocolo de adhesión plena al Mercosur el 17 de julio de 2015, el cual fue aceptado por los órganos legislativos de los países miembros del Mercosur y hoy se encuentra para la aprobación de la Asamblea Legislativa de Bolivia, habiéndose obviado el requisito constitucional establecido en el artículo 257 que para estos acuerdos de integración la Constitución exige aprobación mediante referéndum popular vinculante.

Desde abril de 1997 Bolivia ya se encuentra vinculada al Mercosur a través del Acuerdo de Complementación Económica (ACE 36) instrumento que abre de manera amplia y sustantiva el espacio para el comercio entre Bolivia y los países miembros del Mercosur, sin la exigencia de ser miembro pleno. Sin embargo, este intercambio comercial no se ha dado en los términos esperados, en virtud de muchos factores, entre ellos, las políticas para-arancelarias excesivamente proteccionistas de los países del Mercosur que imponen exigencias que Bolivia no está en capacidad de cumplir. El intercambio comercial bajo el paraguas del Mercosur es asimétrico y se evidencian fuertes desventajas para las exportaciones bolivianas; por ejemplo, Bolivia no tiene capacidad para competir en el mercado de la soya al interior del Mercosur, sin contar con preferencias arancelarias al mismo nivel que tiene en los mercados de la Comunidad Andina (CAN). Esto obliga a analizar los efectos que pueda tener la membresía plena en el Mercosur con respecto a nuestro estatus de país de menor desarrollo relativo en la CAN. El trato diferenciado en el mercado andino no puede correr ningún riesgo y requiere priorizar la protección arancelaria que la CAN otorga a Bolivia. Cabe señalar que el Mercosur no permite a sus miembros negociar en forma separada con otros bloques de integración o con otros países, sobre aranceles comerciales.

Recordemos que en años pasados se consideró la posibilidad de fusionar el Mercosur y la CAN en lo que fue la malograda Unasur, pero esa convergencia no fue posible debido a las diferencias existentes en los aranceles externos de ambos organismos. Esto lleva a pensar que no será sencillo armonizar la membresía de Bolivia en ambos esquemas de integración.

No obstante esas dificultades, corresponde evaluar las ventajas y oportunidades de la membresía plena para Bolivia, por ejemplo: El Mercosur es receptor de más del 50% del total de las inversiones europeas en América Latina provenientes de Alemania, Holanda, Francia y España, incluyendo las inversiones extranjeras directas provenientes del Reino Unido, EEUU y el Japón. Esto no garantiza que Bolivia, a sola membresía plena pueda beneficiarse en ese rubro, puesto que para ser país receptor de inversión extranjera es preciso garantizar solidez institucional y seguridad jurídica para las inversiones, situación que lamentablemente Bolivia no ofrece. Según índices elaborados por World Justice Project (WJP) sobre: el estado de derecho en la región, niveles de corrupción, respeto a los derechos fundamentales, cumplimiento de la normativa, justicia civil y justicia penal, Bolivia se sitúa en los últimos lugares, junto a Nicaragua, Venezuela y Cuba. Corroborando estas mediciones, organismos internacionales del área, han manifestado que la justicia en Bolivia no es imparcial y está altamente politizada, escenario que se ha agravado en los últimos meses de 2023.

Por otra parte, se percibe mucha expectativa sobre el acuerdo para la liberalización del comercio a suscribirse entre la Unión Europea (UE) y el MERCOSUR, que establecerá un arancel externo común y será muy beneficioso para los países del Mercosur, lo cual también beneficiará a Bolivia cuando concluyan efectivamente los trámites técnicos y normativos para ejercitar la membresía plena. Guardando las diferencias, cabe recordar que el año 2006 Bolivia se opuso a firmar el Acuerdo de Asociación con la UE en el marco de la CAN, e incluso demandó ante el Tribunal Andino de Justicia la nulidad de las decisiones que permitieron a Colombia, Ecuador y Perú continuar sus negociaciones con la UE.

Es importante subrayar otros efectos que conlleva la membresía plena y que pueden no concordar con la normativa internacional vinculante a Bolivia. La adhesión al Tratado de Asunción, base jurídica del Mercosur, generará efectos vinculantes con todos los Protocolos complementarios suscritos en este esquema de integración, entre ellos el Protocolo de Colonia para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones en el Mercosur y el Protocolo de Buenos Aires referido a inversiones extranjeras entre estados del Mercosur y terceros estados, y entre un estado parte receptor de la inversión y un particular de un estado no miembro del Mercosur.

El Protocolo de Colonia prevé el arbitraje ante el Centro Internacional para la Solución de Diferencias derivadas de las Inversiones (Ciadi) y el Protocolo de Buenos Aires también privilegia el Ciadi como institución arbitral. Cabe recordar que el año 2007 Bolivia denunció el Convenio del Ciadi para evitar ser demandado ante ese centro de arbitraje internacional (órgano del Banco Mundial), en las múltiples demandas arbitrales que a partir de 2007 afrontó Bolivia. No olvidemos que los mecanismos de solución de controversias sobre inversiones y otras materias, lo eligen las partes de mutuo acuerdo y así lo ha privilegiado el Mercosur.

Otro tema de absoluta relevancia para las democracias de esta subregión es el respeto a los derechos humanos, materia sobre la cual los países del Mercosur, Bolivia y Chile suscribieron en 1998 el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, vigente para Bolivia desde el 12 de septiembre de 2002. En este marco, dicho organismo de integración está en la obligación de observar la violación de los derechos humanos que de manera flagrante y sistemática se da en Bolivia, desde los órganos del estado, poder ejecutivo y poder judicial.

Esta ajustada referencia de temas convoca a analizar nuestra futura membresía plena en el Mercosur, tarea que lamentablemente no se ha efectuado.

Es necesario que el Gobierno promueva un estudio económico, jurídico y técnico con la participación de las Cámaras de Comercio, el IBCE, la Academia y otras oficinas públicas y privadas concernidas con el tema, para analizar las ventajas, las desventajas y los desafíos que dicha membresía entraña; no hacerlo advierte un tratamiento frívolo, no solo de parte del gobierno, en un tema de relevante importancia para el país.

Fuente de esta noticia Diario El Deber Bolivia.

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