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Dom. Jun 30th, 2024
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El Ministerio de Salud recordó la obligatoriedad de la presentación del certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla sea en formato digital o físico.

El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social emitió la Resolución S.G. N° 275 que establece la obligatoriedad de presentar el certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla en formato físico o digital, como requisito para autorizar el ingreso al país de extranjeros provenientes de zonas de riesgo.

Asimismo, este certificado será exigido tanto para la salida de extranjeros residentes en el país como para nacionales con destino a zonas de riesgo.

¿Quiénes deben presentar el certificado?

– Extranjeros provenientes de zonas de riesgo en Bolivia (Beni y Santa Cruz), Brasil (Pará, Tocantins, Minas Gerais, São Paulo, Paraná, Río Grande do Sul, Amazonas), Colombia (Villagarzón, Orito y Valle del Guamuez, Putumayo), Guyana Francesa (Massara de la Ciudad Lethen), Perú (Junín; Ucayali, Ayacucho San Martín y Madre de Dios) y los países de la Región de África (Camerún, Chad, Congo, República Democrática del Congo, Guinea, Níger, Nigeria y Sudán del Sur).

– Paraguayos y extranjeros residentes que viajen a zonas de riesgo y paraguayos y extranjeros residentes que regresen de zonas de riesgo.

Excepciones

– Personas con contraindicaciones médicas para recibir la vacuna deberán justificar su situación a través de un Certificado expedido por un profesional médico o por la Autoridad Sanitaria del país de origen

– Menores de 1 año y mayores de 59 años

– Pasajeros en tránsito con escalas de hasta 24 horas en zonas de riesgo.

¿Qué hacer si no tengo el certificado?

Los extranjeros que no tengan el certificado no podrán ingresar al país.

Los extranjeros que tengan el certificado, pero no cumple los 10 días de haberse vacunado, no podrán ingresar al país.

Los paraguayos y residentes que no tengan el certificado serán sometidos a control sanitario durante 6 días.

Extranjero que pueden ingresar por situaciones especiales son aquellos que viene por: razones humanitarias, motivos comerciales, técnicos especializados, tripulación, otras situaciones que el país considere necesarias, esto se gestionara a través de la Dirección de Vigilancia y Control de Fronteras, remitiendo todos los datos al correo: cspe.dgvs@mspbs.gov.py con 72 horas de antelación.

hoy.com.py

 

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