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Dom. Jun 30th, 2024
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El Supremo Tribunal Federal (STF) decidió el miércoles (26) fijar en 40 gramos o seis plantas hembras de Cannabis sativa la cantidad de marihuana para caracterizar la posesión para uso personal, y diferenciar entre usuarios y traficantes.

La definición es un desarrollo de la sentencia emitida el martes (25), cuando se despenalizó la posesión de marihuana para uso personal. El cálculo de 40 gramos es un promedio entre las opiniones de los magistrados, que establecieron entre 25 y 60 gramos en sus votos.

No legaliza consumo

La despenalización no legaliza el consumo de drogas. La posesión de marihuana sigue siendo un comportamiento ilegal, es decir, sigue estando prohibido fumar la droga en un lugar público, pero las consecuencias de la tenencia son ahora de carácter administrativo y no penal.

La decisión no impide las acciones policiales, y la droga puede ser incautada por los agentes. En estos casos, la policía tendrá que notificar al usuario para que comparezca ante la Justicia.

Durante la sesión, el presidente de la Corte, el magistrado Luís Roberto Barroso, refutó las acusaciones de invasión de competencias para juzgar la despenalización. El martes, el presidente del Senado, Rodrigo Pacheco, había dicho que correspondía al Congreso decidir sobre la cuestión.

Barroso sostuvo que la Corte Suprema debería determinarlo porque recibe y juzga los habeas corpus de los presos. “Este es un tema típicamente del Poder Judicial. Necesitamos tener un criterio para definir si una persona debe ser encarcelada o no, es decir, si vamos a producir un impacto dramático en la vida de una persona o no. No hay papel más importante para el Poder Judicial que decidir si una persona debe ser encarcelada o no”, afirmó.

Pruebas

Según la sentencia, los usuarios podrán ser llevados a comisaría cuando la policía verifique que están portando la marihuana. Corresponderá al comisario pesar la droga, comprobar si la situación se califica realmente de posesión para consumo personal y remitir el caso a la Justicia.

La decisión del Tribunal Supremo también permite la detención por tráfico de drogas en los casos en que la cantidad de cannabis sea inferior a 40 gramos pero haya pruebas de comercialización, como balanzas, registros de ventas y contactos entre traficantes.

Agencia Brasil

 

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