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Jue. Ago 22nd, 2024
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En caso de que la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) valide los resultados de las elecciones presidenciales del 28 de julio anunciados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que dieron ganador a Nicolás Maduro con 51,95% de la votación, se habrá consumado, más que un fraude electoral, un golpe a la Constitución venezolana, advierten políticos y juristas.

El único órgano facultado por la Carta Magna para controlar todo lo relacionado con los procesos electorales es el CNE: desde la convocatoria hasta la totalización de los resultados y su verificación mediante auditorías, reiteran abogados consultados por Efecto Cocuyo.

El TSJ al aceptar un recurso de Maduro y proceder a un “peritaje” de los resultados sin garantías de transparencia, explican los expertos, incurre en usurpación de funciones, lo cual quedaría sellado con un fallo a favor de la permanencia del actual gobernante en el poder.

“Se irrespeta la soberanía popular”

“La norma principal que se viola con el desconocimiento a la voluntad popular expresada el 28 de julio es el artículo 5 de la Constitución, porque se irrespeta la soberanía popular y esto es muy peligroso, porque estamos viendo la configuración, la unificación, de las ramas del Poder Público para lesionar la soberanía popular.

«Es una conspiración para desconocer la soberanía popular, hay usurpación de funciones del CNE por parte del TSJ, una Fiscalía que investiga y mete preso al que no está de acuerdo y una Defensoría que no defiende a los ciudadanos”, sostuvo el abogado penalista, defensor de presos políticos, Eduardo Torres.

De acuerdo con 83% de las actas de votación publicadas por la oposición, el candidato de la Plataforma Unitaria Democrática, Edmundo González Urrutia, habría derrotado a Maduro con 67% de la votación frente a sólo 30%.

Las cabezas de los poderes Legislativo y Moral (Fiscalía) han señalado que dichos documentos son falsos, por lo que el Ministerio Público abrió una investigación penal (7 de agosto), justamente por “conspiración”, además de usurpación de funciones, forjamiento de documentos públicos, instigación a la desobediencia a las leyes, delitos informáticos y asociación, contra los autores del portal resultadosconvzla.com.

El artículo 132 del Código Penal venezolano establece que “Cualquiera que, dentro o fuera del territorio nacional, conspire para destruir la forma política republicana que se ha dado la Nación, será castigado con presidio de ocho a dieciséis años”. Al respecto, Torres apunta que, según la Carta Magna (artículo 2), Venezuela es un Estado democrático, lo que significa que la alternancia en el poder decidida por voto popular debe respetarse, lo contrario es cambiar la forma republicana de la nación.

“El presidente deja de ser demócrata para instaurar una tiranía, lo cual está siendo avalado por el CNE que incumplió sus funciones de totalizar, publicar resultados mesa por mesa, hacer las auditorías y hacer respetar la voluntad popular, además del TSJ y el Poder Moral, Maduro los arrastra a todos.”, advirtió.

Por su parte, la Asamblea Nacional de 2020, presidida por el exjefe de campaña de Maduro, Jorge Rodríguez, publicó el pasado 30 de julio en Gaceta Oficial un acuerdo en reconocimiento a los resultados de las elecciones presidenciales del 28 de julio, anunciados por el CNE y que dan al gobernante como reelecto en el cargo para el período 2025-2031.

Para el abogado especialista en derecho procesal y penal, Mauricio Camacho, con lo ocurrido tras la jornada electoral es el CNE el que incurre en conspiración, además de “alzamiento contra un gobierno legítimamente elegido para impedir la toma de posesión del mando”.

«La solución no es jurídica»

El abogado penalista y defensor de derechos humanos, Joel García, subrayó que los primeros nueve artículos de la Carta Magna, especialmente el 5 sobre la soberanía popular, no son modificables, en este caso para imponer “un gobierno de facto”.

“Es muy grave lo que ocurre, porque más allá de un fraude electoral hay un golpe de Estado, una conspiración para imponer un gobierno de facto. Se atenta contra la seguridad de la nación; es muy grueso, porque se trata de imponer un sistema de gobierno violando la Constitución”, alertó García.

El también defensor de presos políticos subraya que de momento no queda más que insistir en que no es atribución del TSJ certificar resultados electorales sino el CNE y desestimar el recurso que introdujo Maduro, porque él no fue el afectado con el anuncio del Poder Electoral, sino en todo caso Edmundo González.

“Si la sentencia es a favor de Maduro se consuma todo y serán responsables los que hayan participado en ello, porque no es la función del TSJ. Las atribuciones conferidas en la Constitución al Poder Electoral están ahí, totalizar, publicar los resultados, hacer las auditorías y proclamar al electo, lo cual en ningún caso es competencia de la Sala Electoral”, dijo.

Luego de una sentencia de la Sala Electoral, restaría un recurso ante la Sala Constitucional que buscaría revertirlo, lo cual, indica García, sólo serviría para terminar de agotar la vía interna, pues lo previsible es ratifique el fallo de la Electoral.

“Es un tema que por la vía jurídica no se va a resolver. La solución es política, que los actores políticos, con el apoyo de la comunidad internacional y una negociación puedan lograr que se respete la voluntad popular y se dé el cambio de gobierno a partir de 2025, la solución no es jurídica”, recalcó.

¿Cabe una denuncia internacional?

Sobre la posibilidad de llevar la denuncia del fraude electoral en Venezuela a instancias judiciales internacionales, el abogado experto en derecho internacional y diplomacia, Mariano de Alba, recordó el antecedente de las elecciones presidenciales de 2013, cuando el para entonces candidato, Henrique Capriles, reclamó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la violación de sus derechos al, por ejemplo, hacerse una auditoría de resultados que dieron como ganador a Maduro, en condiciones que el exgobernador de Miranda no consideró justas.

La Comisión que además elevó el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó que sí fueron violados derechos políticos de Capriles y registró otros elementos como la “falta de independencia del CNE» en su caso, por lo que ordenó al Estado venezolano resarcir los daños al excandidato.

De Alba también recordó que, a diferencia del caso de Capriles, una denuncia por lo ocurrido con las presidenciales del 28 de julio no se podría hacer ante la Corte IDH porque Venezuela se retiró de la Organización de Estados Americanos (OEA), de la cual son órganos la CIDH y la Corte.

“No hay realmente una instancia donde se podría reclamar o apelar la decisión del Tribunal Supremo de Justicia. Por ende, la oposición venezolana tiene que tratar de que un grupo de gobiernos de la región traten de insistir y convencer al gobierno de Nicolás Maduro para que permita una verificación imparcial e internacional de los resultados”, expresó De Alba.

Alimenta expediente en la CPI

Lo que sí procede, de acuerdo con Torres y de Alba, es que las denunciadas violaciones de derechos humanos a raíz de la represión postelectoral desatada por el gobierno nacional, a través de los organismos de seguridad, formen parte del expediente en la Corte Penal Internacional (CPI) en el caso venezolano por crímenes de lesa humanidad. Aunque De Alba destaca que la Fiscalía de la CPI se concentra en recabar lo ocurrido en cuanto a represión en las masivas manifestaciones antigubernamentales de 2017.

“Es muy importante que la CIDH haya dejado sentado que hay terrorismo de Estado en Venezuela, que es lo peor que le puede suceder a un país, porque son acciones de violencia para generar terror en la población y es lo que está haciendo el Estado venezolano a través de los funcionarios de seguridad. Todo ello alimenta la investigación en la CPI y se suman nuevos autores”, agregó Torres.

 

Efecto Cocuyo | @efectococuyo
Fuente de esta noticia: https://efectococuyo.com/politica/poderes-publicos-alineados-permanencia-maduro-poder-implicaciones/

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